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EL GOBIERNO DE ANDALUCÍA IMPUGNARÁ LAS ABERRACIONES JURÍDICAS  DE TODOS LOS AYUNTAMIENTOS QUE VULNEREN SUS COMPETENCIAS EXCLUSIVAS SOBRE EL JUEGO PRIVADO

4 febrero, 2021

AZARplus

Fuentes de toda solvencia han informado a AZARplus que la Junta de Andalucía impugnará cualquier medida tomada por los Ayuntamientos que suponga una vulneración de las competencias exclusivas que sobre el Juego Privado tiene la Comunidad Autónoma. Ya se ha hecho en Cádiz y tanto Córdoba como Alcalá de Guadaira pueden ser las siguientes localidades  advertidas, si bien esta última ya se ha “revuelto” asegurando que seguirá adelante con sus medidas tendentes a frenar la proliferación de los establecimientos de juego… La prensa local se está haciendo eco de estos movimientos municipales que se escudan en los planes de urbanismo y en la cantinela ludopática para cercenar los legítimos derechos de las empresas del Juego Privado que operan legalmente en Andalucía…Y en este contexto, como no podía ser de otra manera, Podemos y su obsesión demagógica contra el Juego, que no sea el propio del duopolio de la ONCE y SELAE, está echando su correspondiente “leña al fuego” acusando disparatadamente a la Junta de Andalucía de ser, nada más y nada menos, que “promotora” de las Casas de Apuestas… A continuación, les ofrecemos el enlace al comunicado oficial del Ayuntamiento de Alcalá de Guadalia y el twitt de Podemos que contiene la información a la que hacíamos referencia, para que nuestros lectores puedan juzgar por sí mismos.

FUENTE AZARPLUS 04.02.2021

Principio del formulario

El BOJA publicó ayer en una edición extraordinaria el Decreto-ley 29/2020, de 17 de noviembre, por el que se establecen medidas urgentes para el mantenimiento de la actividad de determinados sectores económicos y de apoyo tributario al sector del juego como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (Covid-19), y se implanta la plataforma de gestión de datos de Centros de Servicios Sociales. Medida urgente de apoyo tributario al sector del juego como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19). Decreto que ofrecemos íntegro en pdf al final de esta información listo para su descarga.

En su Artículo 23 se refiere textualmente a la “Bonificación de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar, relativa a máquinas recreativas y de azar“. Cuyo contenido es el siguiente:

1. Se aplicará una bonificación del 50% de la cuota trimestral de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar, relativa a máquinas recreativas y de azar a que se refiere el artículo 43.2 del Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos, aprobado mediante el Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio, devengada entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2020.

2. La Agencia Tributaria de Andalucía practicará las liquidaciones correspondientes a las máquinas recreativas autorizadas en ejercicios o trimestres anteriores cuyos datos fueron publicados mediante Anuncio de 2 de octubre de 2020, de la Agencia Tributaria de Andalucía, por el que se publica el censo de máquinas autorizadas a 1 de octubre de 2020, aplicando de oficio la bonificación establecida en el apartado anterior. Las liquidaciones practicadas serán objeto de notificación colectiva, conforme a lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

3. Para las obligaciones derivadas de modificaciones en la titularidad de la autorización de la explotación o de nuevas autorizaciones o rehabilitaciones de máquinas que a la fecha del devengo se encontrasen en situación de baja temporal pretendiéndose darlas nuevamente de alta se estará a lo dispuesto en los artículos 59 y 60 del Texto Refundido  de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio.